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Baja de Vehículos Electrónica

Para tramitar la baja de un vehículo es indispensable acudir con él a un CENTRO AUTORIZADO DE TRATAMIENTO DE VEHÍCULOS FUERA DE USO (CAT), según Real Decreto 1383/2002 y Orden Ministerial 249/2004 del 12/02/2004. Allí se emitirá el Certificado de Destrucción, y conectando telemáticamente con la DGT, será anotada la Baja Definitiva del vehículo en tiempo real.

A continuación encontrarás la documentación que debes presentar antes de tramitar la baja del vehículo electrónicamente:

En cualquiera de los casos si se ha perdido la documentación será necesario cumplimentar una Declaración Jurada

Documentación para vehículos propiedad de un particular

Documentación para vehículos propiedad de un particular

Documentación para vehículos propiedad de un particular