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Baja de Vehículos Electrónica

Para tramitar la baja de un vehículo es indispensable acudir con él a un CENTRO AUTORIZADO DE TRATAMIENTO DE VEHÍCULOS FUERA DE USO (CAT), según Real Decreto 1383/2002 y Orden Ministerial 249/2004 del 12/02/2004. Allí se emitirá el Certificado de Destrucción, y conectando telemáticamente con la DGT, será anotada la Baja Definitiva del vehículo en tiempo real.

A continuación encontrarás la documentación que debes presentar antes de tramitar la baja del vehículo electrónicamente:

En cualquiera de los casos si se ha perdido la documentación será necesario cumplimentar una Declaración Jurada

Documentación para vehículos propiedad de un particular

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